Componente Hidrobiológico
El sector hidrobiológico de la Dirección de Inocuidad de los Alimentos del VISAR-MAGA es el responsable de velar por la inocuidad de los alimentos no procesados de origen hidrobiológico en Guatemala y los alimentos procesados y no procesados de consumo humano que se exportan a la Unión Europea.
Actualmente Guatemala, está exportando camarón y atún a la Unión Europea y pescado a Estados Unidos, Centroamérica, China, Vietnam, Japón entre otros.
La Licencia de Funcionamiento (LSF), será otorgada por la Dirección de Inocuidad y tendrá vigencia de un año contando a partir de su emisión. Para solicitar la LSF, el interesado presentará el formato de solicitud correspondiente, cumpliendo con los requisitos que en el mismo se detallan.
Para renovar la LSF, el interesado debe presentar el formato de solicitud correspondiente a la Dirección de Inocuidad, a través de la Oficina de Servicios al Usuario (OSU) un mes antes de su vencimiento, debiendo adjuntar el original y fotocopia de su LSF vigente.
La Dirección de Inocuidad, efectuará una inspección higiénico-sanitaria del establecimiento correspondiente, debiendo resolver en un plazo no mayor a 15 días de efectuada la inspección.
Para el transporte de productos hidrobiológicos y de alimentos hidrobiológicos transformados, dentro del territorio nacional, debe cumplirse con lo estipulado en el reglamento para la Inocuidad de los alimentos y con los siguientes requerimientos:
- Proteger el producto hidrobiológico y el alimento hidrobiológico transformado durante el transporte, para evitar la contaminación.
- Los vehículos que transportan producto hidrobiológico y alimentos hidrobiológicos transformados, deberán tener vigente la Licencia Sanitaria de Transporte.
- Los productos hidrobiológicos y alimentos hidrobiológicos transformados, deberán ser transportados en vehículos con sistemas de refrigeración o con furgón debidamente aislado, o en recipientes con tapadera de cierre hermético con suficiente hielo.
- El vehículo y los recipientes deben higienizarse antes y después de cada uso.
Le corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, la prevención y control de la inocuidad en las etapas de producción, transformación, almacenamiento, transporte, importación y exportación de alimentos naturales no procesados.
Para obtener el permiso de importación de alimentos naturales no procesados de origen hidrobiológico, se debe contar anteriormente con el dictámen favorable de la Dirección de Inocuidad, a través del Departamento de Productos de Origen Animal e Hidrobiológico. Para obtener este dictámen favorable se detallan a continuación los requisitos y documentos a presentar.
Requisitos:
- El establecimiento productor y/o exportador deben estar reconocidos y aprobados por la autoridad oficial competente en Guatemala, facilitando su elegibilidad por medio de la inspección en el país de origen. (UNR-1-2001)
- Los certificados de laboratorio deben ser emitidos por un Laboratorio Oficial o autorizado por la Autoridad Oficial del país origen. (AM 1128-2001)
- Toda importación podrá ser muestreada acorde a las directrices del CODEX ALIMENTARIUS cuando la Dirección de Inocuidad del MAGA lo considere necesario.(D 90-97)
Documentos que deben acompañar a la solicitud:
- Solicitud completamente llena
- Fotocopia de factura comercial
- Fotocopia del Certificado de Origen (para Países de Centro América, aplica FAUCA)
- Fotocopia del Certificado de Resultados de Contaminantes Microbiológicos
- Fotocopia del Certificado de Resultados de Residuos Químicos
- Fotocopia del Certificado de Inocuidad (Sanitario) del país origen
Formulario:
Permiso de Importación de Alimentos no Procesados de Origen Hidrobiológico
- AM 02-2012 Marco Conceptual del Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Substancias y Residuos Nocivos a la Salud Humana en Camarones de Cultivo
- AM 03-2012 “Manual de Procedimientos para la Toma de Muestras de Camarón y su Envío al Laboratorio del Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Subtancias y Residuos en Camarones de Cultivo”
- AM 03-2011 “Establecer las Disposiciones Higiénico Sanitarias de los Productos de la Pesca en Barcos Pesqueros y en Barcos Congeladores”
- AM 06-2011 “Aprobar el Procedimiento Aplicable a la Inspeccion Higiénico-Sanitaria a Barcos Congeladores”
- AM 07-2011 “Disposiciones Aplicables al Examen Organoleptico en Atún y Camarón”
- AM 08-2013 “Programa Nacional de Monitoreo de Metabisulfito en Camarones en Plantas de Procesamiento”
- AM 13-2011 “Actualizar el Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Metales Pesados en Atunes con Destino a la Unión Europea”
- AM 14-2013 “Disposiciones Aplicables a la Importación de Productos de Origen Hidrobiológico para ser Procesados en Guatemala y Exportados a la Unión Europea”
- AM 15-2013 “Programa Nacional de Monitoreo de Dioxinas y Similares de Atún y Dorado”
- AM 26-2009 “Programa de Control y Monitoreo de Contaminantes Microbiológicos, Substancias Químicas y Características Físicas del Agua a ser Utilizada en Establecimientos de Productos Hidrobiológicos”
- AM 26-2009 “Crear el Programa de Control y Monitoreo de Contaminantes Microbiológicos, Sustancias Químicas y Características Físicas del Agua”
- AM 28-2018 “Disposiciones para la Importación de Productos Hidrobiológicos no Procesados con Procedencia de los Estados Unidos de América”
- AM 36-2025 “Normativa Sanitaria para las Almacenadoras de Productos Hidrobiológicos Destinados al Consumo Humano”
- AM 38-2020 “Emitir las Disposiciones ara el Reconocimiento de Pruebas de Análisis y Diagnóstico de Laboratorios”
- AM 63-2010 “Manual de Procedimientos de las Acciones a Seguir cuando Surge una Alerta Relacionada con la Inocuidad de los Alimentos de Origen Hidrobiológico”
- AM 68-2007 “Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Substancias y Residuos Nocivos a la Salud Humana en Camarones de Cultivo”
- AM 74-2007 “Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Histamina en Carnes de Atunes y Dorados en Establecimientos de Transformación con Destino a la Unión Europea”
- Decreto No. 90-97 Código de Salud
- AM 137-2007 “Tarifas por Servicios que Presta el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a Través de la Unidad de Normas y Regulaciones”
- AM 173-2008 “Modificar el AM 68-2007 por Medio del cual de Establece el Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Substancias y Residuos Nocivos a la Salud Humana en Camarones de Cultivo”
- AM 176-2020 “Programa Nacional de Monitoreo de Histamina, Metales Pesados, Dioxinas y PCB´s en Carne de Atún en Barcos Congeladores”
- AM 203-2007 “Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Contaminantes Nocivos a la Salud Humana en Ecosistemas Acuáticos Asociados a la Producción de Camarones Peneidos”
- AM 241-2008 “Aprobar las 13 Cláusulas del Convenio de Cooperación”
- AM 215-2020 “Modificar el Artículo 6 del Acuerdo Ministerial No. 14-2013”
- AM 224-2020 “Aprobar la Modificación del Acuerdo Ministerial No. 03-2011, Disposiciones Higiénico Sanitarias de los Productos de la Pesca en Barcos Pesqueros y en Barcos Congeladores”
- AM 225-2020“Aprobar la Modificación al Acuerdo Ministerial No. 06-2011. Procedimiento Aplicable a la Inspección Higiénico-Sanitaria a Barcos Pesqueros y Barcos Congeladores”
- AM 241-2008 “Aprobar las 13 cláusulas que contiene el Convenio de Cooperación 37-2008, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social MSPAS”
- AM 251-2020 “Aprobar el Manual de Procedimientos para la Inspección de Inocuidad de Alimentos a Establecimientos de Productos Hidrobiológicos”
- AM 271-2010 “Reformar el AM 74-2007 Monitoreo para la Detección de Histamina en Atunes y Dorados en Establecimientos de Transformación con Destino a la Unión Europea”
- AM 318-2008 “Marco Conceptual del Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Metales Pesados en Atunes Importados”
- AM 330-2008 “Marco Conceptual del Programa Nacional de Monitoreo Microbiológico de Productos Hidrobiológicos en Establecimientos Aprobados para Exportar a la Unión Europea”
- AG 343-2005 “Reglamento Sanitario para el Funcionamiento de Establecimientos de Transformación de Productos Hidrobiológicos”
- AM 349-2008 “Norma Nacional de los Productos Utilizasdos en la Alimentación de Animales”
- AM 426-2008 “Reformar el Acuerdo Ministerial No. 318-2008 y aprobar el Marco Conceptual del Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Metales Pesados en Atunes Importados”
- AM 435-2009 ” Aprobar el Manual de Procedimientos para la Inspección de Establecimientos Hidrobiológicos”
- AM No. 596-2007 “Aprobar el Manual de Procedimientos para la Inspección de Inocuidad de Alimentos a Fincas Camaroneras”
- AM 649-2007 “Normas de Higiene para los Productos y Alimentos Hidrobiológicos en sus Procesos de Producción, Transformación y Transporte”
- AM 665-2007 “Normas de Control Oficial Higiénico-Sanitarias de los productos y Alimentos Hidrobiológicos en sus Procesos de Producción, Transformación y Transporte”
- AG 969-99 “Reglamento para la Inocuidad de los Alimentos”
- AM 1090-201 “Normas Generales de Carácter Obligatorio, Aplicables a la Importación y Tránsito Internacional de Animales, Recursos Hidrobiológicos, sus Productos y Subproductos
- AM 1128-2001 “Reglamento para el Reconocimiento de Pruebas de Análisis y Diagnóstico de Laboratorio”
- AM 271-2010 “Reformar el Acuerdo Ministerial No. 74-2007 de fecha 15 de febrero de 2007, que establece el Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Histamina en Carne de Atunes y Dorados en Establecimientos de Transformación de estos Productos, con Destino al Mercado de la Unión Europea”
- AM 63-2010 “Manual de Procedimientos de las Acciones a Seguir cuando Surge una Alerta Relacionada con la Inocuidad de los Alimentos de Origen Hidrobiológico”
- AM SN-2012 “Manual de Procedimientos para la Inspección en la Inocuidad de Alimentos a Fincas Camaroneras”
- AM 03-2012 “Manual de Procedimientos para la Toma de Muestras de Camarón y su Envío al Laboratorio del Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Substancias y Residuos en Camarones de Cultivo”
- Formularios
- Licencia Sanitaria de Transporte de Productos no Procesados de Origen Animal, Vegetal e Hidrobiológico
- Licencia Sanitaria de Funcionamiento para Establecimientos de Origen Hidrobiológico
- Certificado de Inocuidad para Exportación de Alimentos no Procesados de Origen Animal, Vegetal e Hidrobiológico
- Permiso de Importación de Alimentos no Procesados de Origen Hidrobiológico