Adiestradores de

Animales

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

¿Adiestradores de Animales?

Son profesionales que instruyen a un animal para que obedezca ciertos comandos; deben contar con experiencia en el condicionamiento, así como formación en el manejo de problemas conductuales en el animal. Son todas aquellas personas que enseñan a los animales tareas de seguridad, emergencias e incluso algunos trabajos asistenciales para las personas.

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Adiestramiento Animal

Constituye el correcto aprendizaje de habilidades animales, tendiente en guiar a un ser para conseguir cualquier tipo de habilidad en su entorno, enfocándose específicamente en cambios de conducta animal:

Manejo de estrés

Manejo de fobias

Manejo de agresividad

Habilidades específicas

Entrenador

Es el profesional cuya formación en adiestramiento únicamente abarca la obediencia básica y avanzada, educa al propietario para alcanzar un grado de control en el animal para la responsable convivencia y urbanidad.

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Entrenamiento:

Se define como el acto de enseñar una disciplina a un animal, entre estos se encuentran:

Obediencia

Deportes

Protección civil

Terapia

Asistencia social

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Todos los animales deben ser entrenados bajo técnicas no dañinas de adiestramiento animal que no pongan en riesgo su bienestar físico y emocional, de acuerdo a las reglamentaciones de la Unidad de Bienestar Animal.

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Debe tenerse como base las cinco
libertades de bienestar animal y sobre todo, respetando el no uso de métodos ni artilugios que conlleven a
generar un maltrato animal.

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Los animales de servicio social como de terapia, asistencia, perros lazarillos u otros, deben ser entrenados por adiestradores registrados en la Unidad de Bienestar Animal. En el caso de animales de servicio social provenientes del extranjero, deben acreditar de forma idónea su entrenamiento.

Procedimiento de Registro

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Paso 1

  • Llenar el Formulario de Solicitud  para el registro de Adiestradores de Animales UBA-FR-005
  • Demostrar fehacientemente que cuenta con las instalaciones adecuadas para el entrenamiento de los animales. (croquis de la escuela) (original y copia)
  • Constancias que lo acrediten para dar entrenamiento especializado a la especie animal que entrene o acreditar fehacientemente experiencia comprobada en adiestramiento animal. (Original y fotocopia)
  • Fotocopia de Documento Personal de Identificación (DPI)
  • TRAER UN LIBRO DE REGISTRO DE LOS ANIMALES QUE ENTRENE, PARA SU HABILITACIÓN

 

PASO 2

Al contar con la documentación del Paso 1, presentarse a la Unidad de Bienestar Animal, la cual procederá a emitir:

  • Constancia de pago a realizar Formulario 1 (F.1) emitida en la Unidad de Bienestar Animal
  • La Unidad de Bienestar Animal proporcionará la BOLETA AUTORIZADA de depósito BANRURAL, con la cual deberá realizar su pago en Agencia Banrural MAGA zona 13 (7 avenida, 12-90, zona 13, Guatemala)
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Paso 3

Presentarse a Tesorería del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (7 avendia 12-90, zona 13, Guatemala) con la Boleta de Pago Formulario 1 (F.1) Boleta de Depósito pagada en BANRURAL, ambas proporcionadas por la Unidad de Bienestar Animal. Dichas boletas se utilizan para la emisión del Formulario 63-A2

En Tesorería te proporcionarán lo siguiente:

  • Fotocopia de Constancia de Pago a realizar Formulario (F.1)
  • Fotocopia de Boleta de Depósito BANRURAL
  • Formulario 63-A2
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Paso 4

Presentarse a la Unidad de Bienestar Animal (7 avenida 13-21, zona 9, Guatemala) con la toda la documentacion indicada en los pasos 1 al 3.

infracción Muy Grave

– Al entrenador o adiestrador que mediante métodos, artefactos y técnicas de entrenamiento afecte el bienestar animal o cause sufrimiento

Sanción: 8 salarios mínimos

Registros Autorizados

Listado de Adiestradores de Animales legalmente registrados en la Unidad de Bienestar Animal

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José Emigdio Rivas Salguero| |REG-UBA-AD-001-2020

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Erick David González Vásquez | REG-UBA-AD-002-2020

Tarifario

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