Las denuncias por maltrato o crueldad animal que incluyen información clara y medios probatorios, permiten a las autoridades verificar los hechos y actuar con mayor certeza, mientras que la falta de evidencia puede retrasar su atención.
Fotografías, videos u otro tipo de evidencia permiten respaldar los casos y facilitan determinar si se trata de negligencia leve o negligencia criminal, así como definir las acciones legales correspondientes.
Para fortalecer el proceso de atención, se recomienda que las denuncias incluyan datos como la dirección o ubicación donde ocurre el hecho, la especie animal afectada, una descripción del trato o de las lesiones observadas y, de ser posible, la identificación del presunto responsable.

Cuando las circunstancias lo requieren, la información recopilada también permite iniciar procedimientos administrativos y solicitar ante el órgano jurisdiccional competente una orden de allanamiento para el decomiso del animal, medida que se ejecuta con el acompañamiento de la fuerza pública.
Las autoridades aclaran que los allanamientos no aplican en todos los casos, sino únicamente cuando procede el decomiso de animales conforme a la ley.
De acuerdo con el artículo 45 del Reglamento de la Ley de Protección y Bienestar Animal, las personas individuales o jurídicas pueden presentar denuncias ante la Policía Nacional Civil (PNC) o ante la Unidad de Bienestar Animal (UBA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA).
La UBA reitera que la colaboración de la población, mediante denuncias bien documentadas, contribuye a una atención más efectiva y fortalece las acciones de protección y bienestar animal en el país (DG/YL/ea).

